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Su protección de datos en su Documento de Seguridad (AEDP)

La AEDP (Agencia Española de Protección de Datos) inspecciona a miles de empresas cada año (y a otras entidades y particulares) e impone sanciones a un buen número de ellas. Nada impide que la suya pueda ser la siguiente. De oficio (es decir, a iniciativa de la propia AEPD) o tras la denuncia de un particular o de otra empresa (lo más frecuente), en cualquier momento puede recibir la visita de un inspector en su empresa.

Ante ésto, su mejor arma defensiva es presentar su DOCUMENTO DE SEGURIDAD, que es la radiografía de las medidas de seguridad de su empresa, pues es la pieza básica que ayuda a cumplir las medidas de seguridad a las que la ley de protección de datos obliga.

Los apartados mínimos, según la AEDP que debe incluir este documento son los siguientes:

  • ámbito de aplicación: especificación detallada de los recursos protegidos
  • medidas, normas, procedimientos, reglas y estándares de seguridad
  • funciones y obligaciones del personal
  • estructura y descripción de los ficheros y sistemas de información
  • procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante incidencias
  • procedimiento de copias de respaldo y recuperación de datos
  • medidas adoptadas en el transporte, destrucción y/o reutilización de soportes y documentos.

A esto se deberá incluir:

  1. identificación del responsable de seguridad del tratamiento de los datos
  2. control periódico del cumplimiento del documento.

Este documento de seguridad es un documento interno de la organización y  no debe ser notificado a la Agencia Española de Protección de Datos, quedando a su disposición, o en su caso, de las autoridades de protección de datos de las Comunidades Autónomas, pero es de gran interés su elaboración…y evita sanciones ante una inspección de la AEDP.

Para cualquier duda, os podéis poner en contacto con nuestro departamento jurídico que os resolverá cualquier duda que tengáis.