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NOVEDADES 2016 PARA AUTÓNOMOS Y PYMES

NOVEDADES 2016 PARA AUTÓNOMOS Y PYMES

Como continuación de la entrada de hace unas semanas, hoy vamos a resumir todas las novedades en materia Fiscal y de Seguridad Social para este 2016 y que afectan directamente a autónomos y PYMES:

SEGURIDAD SOCIAL – CUOTA DE AUTÓNOMOS

  • Cuota de autónomos 2016:  La base mínima de cotización sube el 1% desde 884,40 a 893,10 euros mensuales, por lo que la cuota mínima pasa de 264,44 € a 267,04 euros. La de los autónomos societarios sube hasta 318 €. La base máxima de cotización sube también pasando de 3.606 a 3.642 euros mensuales.
  • Adecuación de la cuota de autónomos con vistas a la jubilación: 
    • los autónomos menores de 47 años y aquellos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2015 que se den de alta por primera vez o cuya base de cotización en diciembre de 2015 haya sido igual o superior a 1.945,80 euros al mes podrán optar libremente entre la base mínima y la máxima.
    • Los trabajadores autónomos con 47 años cumplidos el 1 de enero de 2015 y una base de cotización inferior a 1.945,80 euros mensuales, sólo podrán incrementarla hasta 1.964,70 euros
    • Los mayores de 48 años a 1 de enero de 2016,  su base de cotización mínima está comprendida entre 963,30 y 1.964,70 euros, salvo excepciones.
  • Tarifa Plana:  se redondea a 50 euros exactos durante los primeros seis meses. Además, los autónomos que contraten trabajadores podrán seguir beneficiándose de la misma.
  • Cuota progresiva de autónomos: es más que probable la aprobación de una cuota progresiva a la seguridad social en la que los autónomos paguen proporcionalmente a sus ingresos y en la que los que no lleguen al salario mínimo estén exentos.
  • Ampliación de la Tarifa Plana para autónomos societarios nuevos: también existe la posibilidad de la aprobación de esta medida para finales de 2016.

HACIENDA E IMPUESTOS DE LOS AUTÓNOMOS

  • Retenciones de los profesionales autónomos: se mantienen en el 15%. Las retenciones de los nuevos profesionales autónomos serán del 7% durante el año en que se dan de alta y los dos siguientes.
  • Requisitos para estar en módulos en 2016:  el máximo de ingresos baja de 450.000 a 250.000 euros anuales y el de compras de 300.000 a 250.000 (En 2018 ambos límites bajarán a 150.000). Además quedan excluidos los sectores de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…). Y se reduce de 5 a 4 el nº máximo de vehículos en el caso de transporte por carretera y mudanzas.
  • Módulos 2016: Se mantienen los mismos módulos de IRPF e IVA que en 2015
  • Impuesto de Sociedades: en 2016 pasa con carácter general del 28% al 25%, desapareciendo los tipos reducidos para empresas de reducida dimensión. En cuanto a las sociedades limitadas de nueva creación se mantiene el tipo reducido del 15% durante los dos primeros periodos, no siendo aplicable a entidades patrimoniales.
  • Sociedades civiles: desde el 1 de enero de 2016 las sociedades civiles que desarrollen una actividad económica, deberán tributar por el impuesto de sociedades. En caso de que los socios no quisieran tributar por el impuesto de sociedades dispondrán de seis meses para disolver y liquidar la sociedad civil, aplicándose en ese periodo un régimen fiscal especial para que la operación no tenga coste.
  • Comunidades de Bienes: mantienen el régimen de atribución de rentas por el IRPF.
  • Retenciones de administradores: las retenciones de los administradores y consejeros de pymes que sean sociedades bajan del 37% al 35% y del 19,5% al 19% en el caso de que el volumen de ingresos del último ejercicio sea inferior a 100.000 euros.

CONTRATACION DE TRABAJADORES:

  • Nuevo sistema de tramitación de bajas laborales: como hemos comentado en anteriores ocasiones desde enero de 2016 está en vigor el nuevo sistema de partes de baja por enfermedad y accidentes de trbajo
  • Bonificaciones en la cotización de trabajadores indefinidos: en agosto de 2016 finaliza la bonificación por la que quedan exentos de cotización por contingencias comunes los primeros 500 euros de la nómina del trabajador.

LOPD

  • Adaptación a la resolución de Safe Harbor: las pymes y autónomos que almacenen datos personales en servidores como Dropbox, Mailchimp o Google Apps, tienen hasta el 29 de enero para adaptarse a las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para dar respuesta a la resolución Safe Harbor del Tribunal de Justicia Europeo.

EMPRENDEDORES

  • Ampliación de la capitalización del desempleo: los mayores de 30 años ya pueden capitalizar el 100% de la prestación por desempleo para financiar sus inversiones. Además, se permite la capitalización para poder ser miembro de una S.L.
  • Compatibilizar el paro con ser autónomo: otra de las novedades es poder compatibilizar el cobro del desempleo con el alta en autónomos durante 9 meses.

Es el momento de lanzarse, ¿verdad? Se acaban las excusas en este 2016.

Suerte y recordad que el premio es para quien se arriesga.