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FINANCIACIÓN PARA EMPRENDEDORES II

En la Orden 45/2014 de la Generalitat Valenciana han salido publicadas las Subvenciones de Fomento de Empleo dirigido a emprendedores para el año 2015 y las ayudas destinadas al fomento de empleo de las personas con discapacidad en el 2015 en la Comunidad Valenciana.

Las ayudas en vigor en estos momentos son:

  • Fomento del emprendimiento en ámbitos internacionales para Jóvenes
  • Fomento de empleo emprendedores
    • Ayudas a autónomos o profesionales por la primera contratación indefinida o temporal de un trabajador
    • Ayudas a trabajadores desempleados que se constituyan en trabajadores autónomos o por cuenta ajena

1.- AYUDAS A LA PRIMERA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS A TRABAJADORES DESEMPLEADOS. (Excluidos socios, únicamente personas físicas).

  • REQUISITOS:
    • Contrataciones realizadas a partir del 19/02/2015.
    • Los Trabajadores contratados deben ser mayores de 45 años, menores de 30 años o desempleados inscritos en el INEM por un periodo mínimo de 365 días.
    • El personal que vayamos a contratar debe de estar inscrito como demandante de empleo.
    • No debe existir parentesco entre la persona a contratar y el empresario.
    • Que el contrato que vayamos a realizar sea el primer contrato desde que nos dimos de alta como autónomo.
  • La ayuda consiste en una cantidad a tanto alzado cuya CUANTÍA será de:
    • Contratos temporales a jornada completa de al menos 6 meses: 3.100 € si realizamos el contrato a un hombre y 3.600 € si es a mujeres.
    • Contrato Indefinido a jornada completa: 5.400 € si contratamos hombres y 6.000 € si son mujeres.
    • Contrato temporal a jornada completa de al menos 3 meses: 1.500 € por contratación de un hombre y 2.000 € por contratación de mujeres.

Los contratos a tiempo parcial deben ser de al menos 20 horas, la subvención será proporcional.

El empresario estará obligado a mantener al trabajador durante toda la duración del contrato, si es indefinido al menos durante 12 meses.

2.- AYUDAS POR ESTABLECIMIENTO COMO TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMO (Excluidos socios, únicamente personas físicas).

  • REQUISITOS
    • Darse de alta como autónomo a partir del 19/02/2015
    • Estar inscrito como desempleado en el INEM previo al alta en autónomos
    • No haber estado dado de alta como autónomo en los 6 meses anteriores.
    • No haber disfrutado en alguno de los tres ejercicios anteriores ni haber solicitado en el presente ejercicio otras subvenciones por el mismo concepto.
  • La ayuda consiste en una cantidad a tanto alzado cuya CUANTÍA será de:
    • Desempleado en general 2.500 €
    • Menores de 30 y mayores de 45 años 3.000 €.
    • Discapacitados 4.000 €.
    • Mujeres víctimas de violencia de género 4.500 €.

Las cantidades se incrementarán en 500 € en el caso de que el alta en autónomos sea llevada a cabo por parte de mujeres.

El plazo de presentación de las solicitudes de ambas ayudas comenzará el 19 de febrero y finalizará el 30 de mayo de 2015.