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FINANCIACIÓN PARA EMPRENDEDORES

Si estás pensando en empezar un proyecto como emprendedor y no sabes como conseguir ese capital inicial que te ayude a ponerte en marcha, en Consultoría de Negocios encontraras el soporte necesario para poder acceder a los PRÉSTAMOS ICO.

Paso a realizarte un resumen de las líneas de financiación que hay ahora mismo en la calle para emprendedores, y más concretamente los PRÉSTAMOS ICO. Los prestamos ICO pueden ser solicitados por autónomos, entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG’s, Administración Pública), que realicen inversiones productivas en España y/o necesiten liquidez para sus proyectos.

La financiación podrá destinarse a:

  1. Liquidez: necesidades de cash para gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc…
  2. Inversiones productivas en España:
    1. Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano
    2. Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 € + IVA. Los vehículos industriales podrán financiarse en un 100%
    3. Adquisición de empresas
    4. Pago del IVA
    5. Liquidez con el límite del 50% de la financiación obtenida

Se podrán financiar las inversiones que se realicen previas a la firma del préstamo, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 01-01-2014.

Desde la firma del préstamo dispondremos de un año para realizar la inversión objeto de financiación.

El importe máximo que podemos conseguir mediante este tipo de financiación es de 12,5 millones de €uros, en uno o en varios préstamos.

Cuando el destino de la financiación sea inversión podremos pedirlo bajo la modalidad de préstamo o de leasing y cuando sea por problemas de liquidez lo solicitaremos bajo la modalidad de préstamo.

En lo referente al plazo de amortización y carencia, dependiendo de para que vayamos a utilizar la financiación, podremos escoger entre las siguientes opciones:

  1. Liquidez 100%:
    • 1 año con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 2 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 3 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 4 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
  2. Para Inversión:
    • 1 año con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 2 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 3 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 4 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 5 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 7 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 10 años con 0 ó 1 año de carencia de principal
    • 12 años con 0 ó 2 años de carencia de principal
    • 15 años con 0 ó 2 años de carencia de principal
    • 20 años con 0 ó 2 años de carencia de principal

Por otro lado, si la financiación que solicitamos tiene como fin tanto la inversión como la liquidez, podremos elegir cualquiera de los plazos de amortización establecidos para la inversión.

En lo referente al tipo de interés del préstamo, podremos elegir entre un tipo de interés fijo o variable:

  • Para operaciones a plazo igual a 1 año: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 2,30%
  • Para operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 4%
  • Para operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo fijo o variable, más un margen de hasta 4,30%

El banco no cobrará ninguna comisión por este tipo de préstamos, salvo la de amortización anticipada voluntaria que será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida residual del préstamo sea superior a 1 año y del 2% cuando esta sea inferior o igual a 1 año. En el supuesto de amortización anticipada obligatoria se devengará una comisión del 3% sobre el importe cancelado.

Podremos solicitar préstamos ICO hasta el 12 de diciembre de 2015.