
DEDUCCIONES FAMILIARES EN LA DECLARACIÓN DE RENTA
abril 15, 2015
NUEVA REGULARIZACIÓN PARA LA FINANCIACIÓN EMPRESARIAL II
mayo 4, 2015Hoy, desde Consultoría de Negocios, vamos a indicar una serie de pautas para entender adecuadamente una Vida Laboral.

La Seguridad Social se estructura en regímenes. Los trabajos realizados en una empresa o trabajo por cuenta ajena se incluye en el régimen general. Otros regímenes en los cuales has podido trabajar son el Régimen del Mar, Autónomos, Minería…
La empresa y las situaciones asimiladas. Explica el concepto por el que ha cotizado a la Seguridad Social. En primer lugar, puede ser una empresa, identificada con un número que es el Código de Cuenta de Cotización. Si has trabajado como autónomo, figurará la clave de la provincia en la que te diste de alta. Además aparecen otras situaciones llamadas asimiladas al alta en las que has cotizado como puede ser la prestación por desempleo (donde cotizas por una parte), las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, el convenio especial, etc.
El día en que empezó la situación y el día que tiene efectos. La fecha de alta es la fecha en que empiezas a cotizar o eres dado de alta. Suele coincidir con la fecha de efectos, aunque a veces puede variar. Las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen. Si se presentan con posterioridad surten efectos (en orden a causar derechos en la Seguridad Social) en el momento de la presentación.
Fecha de baja = final de la situación laboral. La baja es la baja laboral o en una situación asimilada ; no una baja por enfermedad. Hay hasta seis días de plazo para presentar una baja que ya se ha producido. Si la baja no se ha producido, el recuadro mostrara unas rayas discontinuas, que indican que la situación no se ha cerrado y prosigue.
El tipo de contrato de trabajo. C.T. es la clave que identifica la modalidad del contrato de trabajo. Identifica un contrato indefinido a tiempo completo por ejemplo (clave 100), o un contrato a tiempo parcial (clave 200).
Si has trabajado a tiempo parcial (C.T.P.). El % identifica el coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en un convenio. Si la jornada normal es de ocho horas y has trabajado cuatro horas diarias, reflejará un coeficiente del 50%. En estos casos necesitaras dos días trabajo para tener uno cotizado (o en la proporción que corresponda respecto a la parcialidad).
Los grupos de cotización. La columna G.C. los identifica, y van del 01 al 11. 01 corresponde a ingenieros y licenciados; 10 a peones y 11 a menores de 18 años.
Suma total de días cotizados. La suma de todas las situaciones determina el total de días cotizados a la Seguridad Social desde el inicio de su vida laboral hasta la fecha en que se emite el informe. Puede que no casen los números. Normalmente se debe –además del trabajo a tiempo parcial ya mencionado- a que hayas estado en situación de pluriempleo o de pluriactividad. Pluriempleo es cuando trabajas en más de una empresa en el mismo periodo de tiempo. Sólo computará un día entero trabajado, aunque en el mismo día trabajse en más de un sitio. La pluriactividad, se refiere al alta simultánea en dos o más regímenes de la Seguridad Social (por cuenta ajena en el general y por cuenta propia en el de autónomos, por ejemplo). En este caso ocurre lo mismo que en el pluriempleo, sólo computará un día entero trabajado.