
Externalizar una parte de mi negocio.
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Ventajas para autónomos después del 26J
julio 14, 2016Bonifica tus contrataciones e infórmate de las ventajas en nuestra Asesoría Laboral.
Buenas a todos. Dentro de nuestra Asesoría Laboral son muchos los temas en los que nos vemos obligado a aconsejar a nuestros clientes y el tema de las contrataciones es uno de los prioritarios. Generalmente hay un gran desconocimiento acerca de las cómo se bonifica determinados tipos de contrataciones, cometiendo errores ya en el inicio del proceso.
Es por esta razón que hoy hablaremos de las Bonificaciones tanto en la contratación Indefinida como Temporal. Antes de empezar, ya sabéis que si tenéis cualquier duda respecto a este tema, nos podéis hacer llegar vuestra consulta por el siguiente formulario y os atenderemos en menos de 24 horas.
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1. Bonifica tus contratos indefinidos:
1.1 Tarifa reducida de 500 euros. Durante los primeros 24 meses, estarán bonificados los primeros 500 euros del salario de cada trabajador contratado de forma indefinida. (Válida hasta el 31 de agosto de 2016).
1.2 Personas desempleadas hasta 30 años. La subvención se aplicará los primeros 3 años. Será de 1000 euros el primer año, 1.100 € el segundo y 1.200 € el tercero.
1.3 Personas desempleadas mayores de 45 años. En este caso, debido a que son un segmento muy desfavorecido, la bonificación será de 1.300 € los primeros 3 años.
1.4. Personas discapacitadas. Podremos optar a bonificaciones de hasta 6.000 € anuales. Debemos tener en cuenta muchos factores en estos casos, desde la edad o el sexo hasta el grado de discapacidad. Si os encontráis en esta disyuntiva, consultarnos el caso concreto.
2. Bonifica tus contratos temporales:
2.1. Contratos de formacion para jovenes inscritos en el paro. Reducción de las cuotas de hasta el 100% (en determinados casos) de forma indefinida.
2.2 Contratos para personas con discapacidad. Bonificaciones de hasta 5.300 €, dependiendo al igual que en el caso de los indefinidos de muchas variables, principalmente el grado de discapacidad.
2.3. Contratos de interinidad. En este apartado podemos incluir casos como los de maternidad, vacaciones o determinadas bajas laborales. Se bonifica el 100€ de las cuotas tanto del trabajador contratado como del sustituido durante ese periodo. ¿Está la sabíais?
Como veis tenéis varias posibilidades a valorar a la hora de decidiros por una contratación u otra. Desde nuestra Asesoría Laboral, damos un servicio global y personalizado, buscando siempre la mejor opción tanto para la empresa como para el trabajador. Creemos en la importancia de los Recursos Humanos dentro de toda organización, y de cómo debe estar ligada la toma de decisiones en materia laboral a la satisfacción y futuro mejor rendimiento de los trabajadores.