Ayudas aprobadas por la Generalitat Valenciana
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Ayudas aprobadas por la Generalitat Valenciana

En relación a estas ayudas, les remitimos información, requisitos, documentación y procedimiento.

Las cuestiones más relevantes son:

  • Se pueden solicitar desde el día 08/04 del 2020 al 04/05 del 2020.
  • Solo para autónomos de alta antes del 31/12/2019.
  • Compatible con cese actividad por COVID19.
  • Exclusiones:

– Cobrando cese de actividad anterior.

– Autónomo en pluriactividad.

– Rendimientos netos en 2019 superiores a 30.000 € en 2019.

– Autónomos excluidos de subvenciones.

 

  • Importes

– Autónomos con actividad suspendida por COVID: 1.500 € (pago único)

– Autónomos con reducción del 75 % de facturación: 750 € (pago único).

– Se requiere de certificado digital.

 

  • Documentación:

– Declaración responsable de cumplimiento de requisitos.

– Domiciliación bancaria

– Representación

– Declaración responsable de ayuda de mínimis (que no se perciben o si se perciben, la cuantía).

– Autorización para que la Administración obtenga (si no se autoriza, se deberá aportar la documentación)

– DNI.

– Vida laboral.

– Certificados de no deudas AEAT.

– Rendimientos netos 2019 de la AEAT.

  • Plazo de resolución: 3 meses. Silencio negativo. Si no contestan, se entiende denegada.
  • Obligaciones:

– Mantenerse en alta 3 meses después desde reanudación actividad.

– Comunicar si se perciben otras ayudas o subvenciones.

– Someterse a posible control financiero.

– Si datos falsos: sanción y devolución.

– Si datos erróneos: devolución.

– Si no se cumple con la reducción del 75 %, moderará el importe.

 

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración.

 

Un saludo.

NUEVAS MEDIDAS LABORALES COMO CONSECUENCIA DEL ESTADO DE ALERTA
abril 2, 2020
Actualiza tu Sistema de Prevención de Riesgos Laborales
abril 17, 2020
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