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noviembre 15, 2016¿Hay actividades exentas de IVA?
Buenas a todos. Si existen ciertas actividades exentas de IVA, existen, pero con matices. Hay una serie de ámbitos dentro de nuestra red comercial, ciertas actividades, donde no se carga el IVA. Los vamos a ver a continuación. Es verdad que son casos muy poco habituales, pero algunos clientes nos han preguntado acerca de estos casos y así los reunimos todos en este post.
Recordad que desde nuestra Asesoría en Alicante, ofrecemos diferentes servicios tanto a autónomos como PYMES, formamos parte de la red profesional en Alicante y estamos seguros que podemos ayudaros. Nuestros departamentos legales, fiscales o de marketing comercial, están a vuestro servicio.
Actividades exentas de IVA:
Correos.
Los servicios postales (no privados) están exentos de tributar el IVA.
Educación.
Si tu actividad es la de dar clases, ese servicio estará exento del IVA. Según el Ministerio de Educación, todas las actividades de formación, tanto públicas como privadas, estarán exentas de impuesto del IVA. Este apartado si afecta a muchos de nuestro clientes, que se tienen empresas de clases de repaso para niños.
Incluso si eres autónomo y das clases particulares a domicilio, este punto también puede interesarte.
Sanidad.
Al igual que en el ejemplo anterior, el Ministerio de Sanidad, también fija que los servicios médicos, realizados por profesionales colegiados no tributan y están exentos del IVA. En este punto han surgido algunas dudas con algunos profesionales con los que hemos trabajado, ya que no se consideran servicios médicos los siguientes: cirugía estética, acupuntura, naturopatía, mesoterapia y digitopuntura. Por lo que hay que tenerlo muy en cuenta. Si estás en este sector, es preferible que nos consultes y así asegurarnos de antemano.
Artistas.
Profesiones artísticas como escritores, dibujantes, profesionales de las artes plásticas…también están exentos del pago del IVA. En definitiva todas las profesiones que comercialicen por medio de derechos de autor.
Hemos estado viendo que la ley está muy enfocada a los medios impresos (en el caso de periodistas, escritores…), por lo que estimamos que en un corto periodo de tiempo se deberá trasladar esta normativa al medio online.
Inmobiliarias.
Concretamente los servicios destinados al arrendamiento de viviendas. De todos los puntos que hemos tratado en este post, es posible el más confuso, ya que no todas los servicios inmobiliarios se ven favorecidos. Recomendamos, si estáis en este punto, que nos escribáis para personalizar la respuesta.
Servicios Financieros.
Englobaremos aquellas actividades destinadas a contratación de seguros y mediación financiera para determinados productos financieros.
Para cualquier duda que tenga no dude en visitarnos en nuestras oficinas o puede enviarnos un email a eduardodura@consultor.com.